6 Claves para Aprovechar los Incentivos Fiscales a la Eficiencia Energética en Colombia

Colombia dispone de un paquete de incentivos fiscales a la eficiencia energética muy interesante para las empresas colombianas que quieran dar el paso hacia el ahorro de costes y una mayor rentabilidad en sus facturas energéticas. Hoy repasamos en el blog el estado del mercado energético en Colombia, la oportunidad que suponen las renovables, y cómo puedes aprovechar los incentivos fiscales que propone la nueva normatividad colombiana de eficiencia energética. 


Consigue Financiación Para Eficiencia Energética

1. El Mix Energético Actual de Colombia

Tras la firma del Protocolo de Kyoto muchos países han empezado a trabajar en serio en planes de transición energética (pasar de consumo de energías no renovables a renovables y fomentar la eficiencia energética). El momento culminante ha sido la COP21 o Cumbre de París, celebrada a finales del 2015 en el que se ha hecho un compromiso mundial para el impulso de las nuevas formas de energía y contra el cambio climático (recuerda nuestro post sobre el tema aquí). Además, ha habido aportaciones multimillonarias de personas tan relevantes como Bill Gates o Mark Zuckerberg.

Colombia no se ha quedado atrás, y no es para menos, ya que su mix energético se sitúa en un 78% de energía consumida proveniente de recursos fósiles y el 22% restante de fuentes renovables.

A día de hoy, la explotación y producción energética del país se constituye en un 93% de recursos primarios de origen fósil, un 4% de hidroenergía y un 3% de biomasa y residuos.

Un 69% de esta energía se exporta, principalmente en forma de carbón mineral y petróleo (el 94% y el 66% de los producidos en el país respectivamente). El 31% de energía restante es para su uso interno. Se calcula que el país, con datos del 2013, tenía reservas para 170 años de carbón, 7 de petróleo y 15 años de gas natural.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que otras estimaciones afirman que el país, con sus actuales niveles de consumo, va a necesitar importar gas natural a partir del 2017-2018. Con un posible problema de suministro energético en el horizonte (dada la poca participación del carbón mineral pero sí la del petróleo y el gas natural) Colombia está definiendo y creando una normatividad en eficiencia energética notable con un paquete de incentivos fiscales. 

2. El Mix Energético de Colombia: Posibles Escenarios de Futuro

Colombia ha diseñado dos posibles escenarios, teniendo en cuenta un gran desarrollo de las energías renovables y de la eficiencia energética. Uno de ellos es el pesimista y el otro el optimista que van desde el 2015 hasta el 2030.

Incentivos Fiscales Eficiencia Energética Colombia - Escenario Pesimista

Incentivos Fiscales Eficiencia Energética Colombia - Escenario Optimista

Hay dos puntos fundamentales que los empresarios o inversores deben tener en cuenta:

  1. El período de máximo incremento de las energías renovables será 2020-2025.
  2. Podemos observar que la fuente de energía renovable más utilizada será la eólica, seguida por la geotérmica, biomasa y las hidráulicas.

 

El gobierno de Colombia espera incorporar unos 474 megavatios de energía eólica en la zona de La Guajira. En el escenario pesimista calcula que dispondrá de los mencionados 474 MW de eólica, 143 de solar, 275 de geotermia y 314 de cogeneración con biomasa con una capacidad total de 1.206 MW en 2028. En el escenario optimista serían 896 MW de eólica adicionales a los 474 previstos, 239 MW de solar y 375 MW geotérmicos.

Con todo esto creará un mercado energético bastante encarado a las energías renovables y a la eficiencia energética, convirtiéndolo en un país macroeconómicamente competitivo, ya que los costes de estas inversiones pueden ser altas en un principio pero se está apostando por fuentes energéticas gratuitas e inagotables.

¿Cómo intentará Colombia convencer a las empresas para invertir en eficiencia energética? Vamos a verlo a través de la normatividad de eficiencia energética que este país ha construído y que sigue desarrollando, y que es la que describe los beneficios fiscales de los que hablábamos al comienzo de este análisis.

3. El Plan de Impulso a la Eficiencia Energética de Colombia

 

Colombia está estudiando cómo aprovechar sus recursos internos renovables y explotarlos económicamente tanto a corto, como medio y largo plazo. Es por este motivo que está diseñando un marco y una normatividad para el impulso de las energías renovables y la eficiencia energética en Colombia con interesantes incentivos fiscales. El objetivo es ganar en autosuficiencia energética haciéndolo atractivo para los inversores que quieran apostar en este sector.

Nos basaremos en los tres textos legales que ya están en vigor:

  • Ley 1715 de 13 de Mayo de 2014 Por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al sistema energético nacional.
  • Decreto número 1073 de 26 de Mayo de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.
  • Decreto número 2143 de 4 de Noviembre de 2015 Por el cual se adiciona el Decreto Único del Sector Administrativo de Minas y energía, 1073 de 2015, en lo relacionado con la definición de los lineamientos para la aplicación de los incentivos establecidos en el Capítulo III de la Ley 1715 de 2014.

4. Ley 1715 de 13 de Mayo de  2014

 

Esta regulación busca como objetivo fundamental el abastecimiento energético (sobretodo eléctrico) mediante energías renovables tanto a pequeña como a gran escala. El punto más interesante de dicha ley es el Capítulo III: Incentivos a la inversión en proyectos de fuentes no convencionales de energía.

Todas estas medidas incentivan la inversión por parte de personas físicas o jurídicas gracias a un paquete de ayudas fiscales en el ámbito de la investigación, del desarrollo y la producción y utilización de energía a partir de fuentes no convencionales. Las más importantes son:

  1. Reducción de la renta, durante los 5 años siguientes de la realización de la inversión del 50% del valor de la inversión realizada. La inversión deberá disponer de la certificación de beneficio ambiental por el Ministerio de Medio Ambiente y certificada como tal por el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
  2. La exención de pagar el IVA para la compra de equipos, elementos, maquinaria y servicios nacionales o importados que se destinen para la producción y la utilización eficiente de energía a partir de las fuentes no convencionales (renovables).
  3. La exención de pago de Derechos Arancelarios de Importación de maquinaria, equipos, materiales destinados a proyectos de eficiencia energética.
  4. La ley permite que los equipos, elementos, maquinaria y servicios antes mencionados se les pueda realizar una Amortización Acelerada máxima de un 20% anual de su valor.  Es decir, que la ley nos permite un truco de ingeniería contable muy interesante de cara a que la empresa pueda declarar un impuesto de sociedades menor (sobre beneficios de ésta) sin tener más gastos. El funcionamiento del sistema es el siguiente: para calcular la Cuenta de Resultados de una empresa se basa en restar a los ingresos los gastos. Al poder realizar una amortización acelerada en lugar de una amortización lineal nos permite agrandar los gastos “artificialmente” de la empresa, ya que la amortización (recuperación de la inversión realizada) se computa como gasto. Como los gastos son más grandes, se los restamos a los ingresos de la empresa; y por consiguiente, darán un beneficio más pequeño, con lo que permite a ésta pagar un menor impuesto de sociedades.

Esta ley tiene un mayor desarrollo con los dos decretos que se van a exponer a continuación:

5. Decreto Número 1073 de 26 de Mayo de 2015

 

Este decreto es una Normatividad Colombiana del Sector de Minas y Energía y es bastante extenso. Regula precisamente este sector; cuyo peso es considerable a día de hoy en el sistema energético colombiano. Especialmente son los combustibles fósiles como son el carbón mineral o el petróleo como se ha podido ver anteriormente.

Este decreto tiene una posterior extensión en el Decreto número 2143 de 4 de Noviembre de 2015.

De acuerdo con el Artículo 1.1.1.1.1 El objetivo del Ministerio de Minas y Energía es formular, adoptar, dirigir y coordinar las políticas, planes y programas del Sector de Minas y Energía (especialmente el carbón y los hidrocarburos). Se exponen los diferentes organismos estatales colombianos que regularán este sector y cómo lo harán así como la definición de diferentes parámetros del mismo.

En el presente decreto son importantes a tener en cuenta los Capítulos 5 y 8.

En el Capítulo 5: Lucha contra la minería ilegal indica que los explotadores de minas de propiedad estatal tienen que tener un título minero inscrito en el Registro Minero Nacional de acuerdo con lo establecido con la Ley 685 de 2001. En caso contrario el estado de Colombia no los reconocerá como tales.

Hubo una moratoria para los que no lo tuvieran de haber presentado un formulario simplificado al Ministerio de Minas y Energía antes del 31 de Diciembre de 2004. En el caso de no haber estado legalizada la explotación, este decreto expone una serie de condiciones muy duras que prácticamente imposibilitan la legalización de la misma, con lo que combate frontalmente a las explotaciones ilegales mineras.

Si nos damos cuenta el poner tantas barreras es una manera indirecta de fomentar las nuevas formas renovables de energía.

En el Capítulo 8: Reservas Especiales Indígenas intenta proteger los asentamientos indígenas respecto de actividades mercantiles de explotación de minas y otras fuentes energéticas. En estos casos si hubiera la posibilidad de explotación minera en territorios indígenas deberían tener el consentimiento expreso del Gobierno de Colombia; ya que éste tiene la obligación de hacer respetar los derechos de los aborígenes. También se especifica que en caso de explotación de yacimientos en suelo indígena, los nativos del sitio tendrían derecho a participar de los trabajos realizados y de los beneficios que se pudieran generar.

6. Decreto Número 2143 de 4 de Noviembre de 2015

 

Es una extensión del decreto anterior explicado y de la definición de los lineamientos para la aplicación de los incentivos establecidos en el Capítulo III de la Ley 1715 de 2014. Ha entrado en  vigor a finales de Febrero de 2016.

Añade algunas aclaraciones puntuales de las deducciones fiscales con respecto a lo estipulado por la ley. Éstas son:

  1. El valor máximo a deducir por período gravable en ningún caso podrá ser superior al 50% de la renta líquida del contribuyente, antes de restar la deducción.
  2. Para los efectos de la obtención del presente beneficio tributario, se deberá verificar que las personas naturales o jurídicas, efectivamente sean titulares de nuevas inversiones en nuevos proyectos de fuentes no convencionales de energía y gestión eficiente de la energía.
  3. También se podrán aplicar los incentivos fiscales cuando las operaciones relacionadas con la promoción de la eficiencia energética sean practicadas mediante leasing financiero.
  4. En el caso de anulación o resolución de proyectos de eficiencia energética empezados, los contribuyentes deberán devolver las ayudas fiscales restituyéndolas.

Con todas estas medidas legales, económicas y fiscales; Colombia se puede convertir en un país muy interesante para hacer inversiones en eficiencia energética en los próximos 5 – 10 años.

¿Por dónde empezar? Si eres una empresa colombiana y buscas las mejores herramientas para que tus clientes puedan aprovechar estos incentivos fiscales, seguramente necesitarás un software de análisis energético. DEXMA Energy Intelligence ofrece DEXMA y trabaja con partners de todo el mundo para ayudar a las empresas a aprovechar estas oportunidades de inversión y ahorro.

También puedes consultar nuestro Programa de Partners, te ayudaremos a iniciar tu negocio de eficiencia energética en Colombia y a ofrecer a las empresas colombianas la mejor herramienta para que no pierdan la oportunidad que supone la nueva normatividad colombiana de eficiencia energética.


Haz el Energy Grader y Descubre tu Potencial Ahorro Energético


Sobre el Autor:

alfonspratsevallAlfons Pratsevall es Profesor. Es Graduado en Arquitectura Técnica y Master MBA en Dirección y Administración de Empresas. En la actualidad está cursando un Máster en Energías Renovables y Eficiencia Energética. Es autor de los libros » . Conecta con Alfons en Linkedin>>

 

 

 

 

 

¿Quieres recibir los próximos artículos sobre financiación, eficiencia energética y mercado energético? ¡Suscríbete hoy al blog!
New Call-to-action