RD 56/2016: 6 Claves para Entenderlo

El Real Decreto de Eficiencia Energética 56/2016 ya está aquí. Esperado por el sector con impaciencia ha sido recibido por unos con alivio, por otros con críticas y quizá con alguna indiferencia. Pero los gestores energéticos nos preguntan: ¿cómo me afectará?


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¿Qué es el Real Decreto de Eficiencia Energética 56/2016?

Para responderlo, y con los primeros datos en la mano, nos hemos leído el RD 56/2016, que entre nosotros quedará como el Real Decreto sobre Eficiencia Energética, pero cuyo nombre oficial es «Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.»

Este RD, por lo tanto, supone una adaptación de la normativa europea en eficiencia energética ya existente, de hecho, España ya estaba «fuera de plazo» para adaptar esta normativa. Podéis hacer este ejercicio de lectura aquí, o podéis seguir leyendo nuestras 6 claves para entenderlo y, en pocos minutos, tener una visión clara sobre cómo afecta a tu trabajo y a tu empresa. 


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El Contexto: ¿Por qué necesita España este Real Decreto?

La eficiencia energética es un aspecto esencial de la estrategia europea para un crecimiento sostenible dentro del horizonte 2020, y una de las formas más rentables para reforzar la seguridad del abastecimiento energético y para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y de otras sustancias contaminantes. 

Es por este motivo, que todos los estados miembros de la Unión Europea se comprometieron a aumentar la eficiencia energética un 20% antes de llegar a 2020. En 2011 el Consejo Europeo reconoció que el objetivo del 20% para 2020 iba camino de no cumplirse, con lo que, en 2012, aprobó una Directiva Europea (Directiva 2012/27/UE) para favorecer el cumplimiento del objetivo marcado.  

Cuatro años más tarde, ya en 2016, el gobierno español decide transponer dicha directiva en Real Decreto (RD 56/2016). Una transposición que llega en el tiempo de descuento y tras haber sido nuestro país amonestado por no haberse dado más prisa en elaborarlo (y aprobarlo). 

El RD 56/2016 tiene dos principales objetivos:

  1. Impulsar y promocionar un conjunto de actuaciones a realizar dentro de los procesos de consumo energético que contribuyan al ahorro y la eficiencia de la energía primaria consumida en España, así como a optimizar la demanda energética de la instalación, equipos o sistemas consumidores de energía.
  2. Disponer de un número suficiente de profesionales competentes y fiables, registrados en el  Listado de Proveedores de Servicios Energéticos a fin de asegurar la aplicación efectiva y oportuna de la citada Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012.

¿A mi empresa le afecta?

Esta es la pregunta del millón 🙂

Hay dos posibles escenarios:

  • Si eres una gran empresa sí.  Y para esta regulación, eres una gran empresa si tienes más de 250 empleados en plantilla o facturas más de 50M€ al año, sea en una única sociedad o en un grupo de sociedades.
  • Si eres PYME, no hace falta que lo hagas por ley, pero siempre está bien ahorrar un buen dinero a final de mes, ¿no? Que es el final lo que generamos gracias a la eficiencia energética: ahorro y optimización. 

¿De qué formas puedo cumplir con el RD?

Pues bien, hay dos maneras. 

La primera de ellas es la realización de auditorías energéticas recurrentes cada 4 años que analicen, como mínimo, el 85% del total de tu consumo energético.

A continuación te doy una lista de las cualidades más importantes que deben cumplir:

  • Deberán basarse en datos operativos actualizados, medidos y verificables.
  • Abarcaran un examen pormenorizado del perfil de consumo de energía de cada una de las localizaciones analizadas (mínimo 85% del consumo global de la empresa).
  • La selección de mejoras se fundamentarán, siempre que sea posible en criterios de rentabilidad en el análisis del coste del ciclo de vida total,  a fin de tener en cuenta el ahorro a largo plazo.
  • Los datos empleados en las auditorías energéticas deberán poderse almacenar para fines de análisis histórico y trazabilidad del comportamiento energético.

La segunda es la implantación de un Sistema de Gestión Energética (ISO 50001).

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¿Cuánto tiempo dispongo para cumplir con la legislación?

Tienes hasta el próximo 13 de Noviembre de 2016. O lo que es lo mismo, 9 meses a partir de la fecha de publicación del Real Decreto, que fue el pasado sábado, 13/02/2016.

Si has sido previsor y has realizado auditorías energéticas o implantado un sistema de gestión energética que englobe el 85% de tu consumo total posterior al 2012, entonces sólo tienes que registrar las auditorías o las certificaciones de tu sistema de gestión energética en el registro del estado.

Y… ¿Qué pasa si no cumplo con el RD 56/2016?

Que el estado multará a tu empresa con entre 10.000€ y 60.000€ cada vez que revise tu caso (mínimo una vez cada 4 años).

A parte de la multa, tu empresa no se beneficiará de los ahorros que puedas obtener gracias a la eficiencia energética 🙁 

¿De qué forma controlará el estado que estoy cumpliendo?

Una vez realizadas las auditorías energéticas o tengas implantado el Sistema de Gestión Energética, debes notificarlo al Registro Administrativo de Auditorías Energéticas a través del órgano competente en materia de energía de tu comunidad autónoma.

Este registro es la herramienta de la que dispone el estado para conocer las empresas que ya han cumplido con el RD y las que no, a parte de realizar inspecciones regulares sobre la calidad de la documentación presentadas.

Si bien puede que haya quedado incompleto, o que los objetivos podrían haber sido mucho más amplios, también hay que reconocer que este era un primer paso necesario (y colgaba como tarea pendiente en casi todos los programas electorales que se presentaron ante el 20D) ¿Será este Real Decreto sobre Eficiencia energética un impulso para el sector? ¿Queda mucho por hacer? Os invitamos a uniros al debate en los comentarios.

Desde DEXMA, lo que sí os anunciamos es que lanzamos un programa formativo para acompañarte y ayudarte a ponerte a entender esta nueva regulación y que puedas poner los medios necesarios para cumplirla. Nuestra primera acción, invitarte a un webinar gratuito y formativo sobre cómo puedes entender el Real Decreto de Eficiencia Energética y lo que implica en menos de veinte minutos. 

Debido a la gran demanda de esta sesión, te ofrecemos dos horarios el próximo 25 de febrero: a las 10:00 y a las 16:00. Pero, ¡reserva tu plaza cuanto antes porque son limitadas!


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